La pérdida de calidad de vida en accidentes de tráfico “leves/moderados”…existe.
Los accidentes de tráfico que ocurren pueden ser de diversa consideración. En los graves y muy graves no se duda del perjuicio y pérdida de calidad de vida que causan, pero ¿y en los moderados y leves? Las víctimas de esos accidentes casi siempre sufren un daño social, pierden calidad de vida y, sin embargo, no se valora como tal.
Se toma en cuenta el tema médico, a veces sólo ese, y se obvia el tema social que también afecta, y mucho, a la calidad de vida de las víctimas. Es más, suelen ir de la mano siendo lo físico consecuencia de lo social.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), define la salud como un estado de bienestar físico, mental y social, y no solo la ausencia de enfermedades. Nos referimos con esto a que no solo la enfermedad física produce ausencia de salud.
¿Es necesario un cambio de mirada y de mentalidad, a la hora de valorar la pérdida de calidad de vida por secuelas leves? ¿ dichas secuelas pueden interferir en la vida cotidiana de la persona, sin que este perjudicada el área de cuidado personal, refiriéndonos a las actividades de la vida diaria (ABVD) que ocurre con las actividades englobadas en el desarrollo personal?
Aún teniendo cubiertas las necesidades básicas de cuidado, ¿es posible tener un deterioro en la calidad de vida de la persona en su desarrollo personal?
Muchas son las víctimas de accidentes de tráfico leves o moderados que han visto perder su calidad de vida y que han tenido un perjuicio social grave y que, sin embargo, han sido ignoradas por no presentar graves problemas de salud derivados del accidente.
La Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, hace referencia al desarrollo personal y esa pérdida no se produce solamente con lesiones o secuelas graves o muy graves.
No necesitar ayuda de tercera persona o ser válido para las actividades básicas de la vida diaria, no implica que no haya un perjuicio y mucho menos una pérdida de calidad de vida puesto que esta última no solo se pierde con la salud, sin embargo unido a ella es como más se le conoce.
No poder hacer tareas, actividades o disfrutar de ocio como consecuencia de las lesiones sufridas también es perjuicio y se pierde calidad en la vida, pero, en este caso, la pérdida es social.

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Lo que defendemos en las periciales sociales, y posterior ratificación, es el reconocimiento de que esa persona ha sufrido un cambio importante e irreparable en su vida. Cambio pasado por alto. Nadie se para a pensar en ello.
Las víctimas de accidente de tráfico o atropello que hemos peritado lo describen no solo con el dolor físico del golpe sino el dolor invisible de haberles cortado las alas, el sentirse rotos y no poder recomponerse. No poder volver a disfrutar de las actividades gratificantes y satisfactorias que tenían.
Sus indemnizaciones no son reales porque no reflejan el daño en su totalidad ni de manera íntegra.
Se debe validar a las personas, reconocer su situación particular, valorar el impacto a largo plazo que van a sufrir, valorar a las víctimas en su totalidad.
Ningún área tiene más valor que otra. Todas forman parte y todas deberían ser valoradas.
Si necesitas asesoramiento o información sobre informes o periciales sociales en accidentes de tráfico, ¡escríbenos!
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